Los problemas del aborto tardío

Las declaraciones de un profesor canadiense en favor de un supuesto “aborto post-natal” nos han dejado perplejos sobre las formas en que avanza una mentalidad contraria a la vida. Profundizando el tema, se advierte la estrecha conexión que tiene con otra cuestión bioética de actualidad: el aborto tardío, es decir, el que se realiza en el tercer trimestre de embarazo.

En efecto, dado que hoy en día con las posibilidades biotecnológicas abiertas por la neonatología es posible la sobrevida plena de un recién nacido de 23 o 24 semanas de gestación, quienes se proponen realizar un aborto en el tercer trimestre de embarazo se han planteado cómo debe realizarse ese aborto. El problema surge porque muchas veces el aborto “fracasa”, el niño nace vivo, tiene que ser registrado como tal, y los médicos deben proceder a implementar todas las terapias neonatales para que el niño sobreviva. Algunos no aceptan esa posibilidad y se empeñan en poner fin a la vida del recién nacido, como hemos visto con las estrategias del llamado “aborto post-natal”, que es un eufemismo que encubre el infanticidio.

En otros casos se prefiere el “feticidio”, es decir, matar al niño antes de iniciar el proceso de aborto y evitar cualquier posible dilema sobre si el niño nacido vivo debe ser resucitado. Así lo proponía un documento del Nuffield Council on Bioethics de Gran Bretaña, citando los lineamientos del Royal College of Obstetricians and Gynaecologists (RCOG) que recomiendan que el feticidio se realice antes de la interrupción del embarazo a las 21 semanas y seis días de gestación, para asegurar que el feto nazca muerto. El método de feticidio recomendado es la inyección de cloruro de potasio en el corazón fetal.

El debate lleva a un sinceramiento de las posiciones, de modo que se acepta que la llamada “interrupción del embarazo” no consiste sólo en que se termine la gestación sino que sobre todo la finalidad buscada es dar muerte al niño antes de su nacimiento.

Todo ello deja en evidencia los problemas que encierra la legalización del aborto, que consiste en quitar la vida de una persona por nacer. Creemos que este no es el camino y que siempre es posible optar por salvar la vida y así garantizar la inclusión de todos, comenzando por la inclusión en el misterio y el milagro de la vida.

Cinco desafíos de la bioética en 2015

Un nuevo año comienza y, como siempre, es tiempo de balance y planificación. En un post anterior hicimos un balance de 2014. Mirando hacia adelante, podemos vislumbrar algunos desafíos que se presentan en el 2015 en el campo de la bioética:

1. El nuevo Código Civil: En Argentina, la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial Unificado será motivo de debate en sus muy diversos aspectos, entre los que se encuentran las implicaciones relacionadas con la persona humana y el comienzo de su existencia. En ese sentido, recordemos que el nuevo Código reconoce que la existencia de la persona comienza con la concepción (art. 19), aunque algunos sectores pretenden manipular ese término para excluir a los embriones humanos no implantados de tal protección jurídica.

2. La fecundación in vitro: al término de 2014 la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley sobre técnicas de fecundación artificial. El Congreso ya había legislado sobre el tema en 2013 (ley 26862) y en 2014 (con la regulación de las consecuencias filiatorias de las técnicas en el nuevo Código Civil). La iniciativa encontró resistencias porque desprotege al embrión humano, sobre todo en su derecho a la vida y su derecho a la identidad. Durante 2015 se espera que el tema sea tratado en el Senado de la Nación, donde esperamos que se revisen algunos de los criterios que han venido guiando a los legisladores en la materia. En efecto, la tendencia legislativa es completamente funcional a un imperativo biotecnológico que somete la vida humana a mecanismos de control y a una lógica productiva, y soslaya los valores humanos implicados en técnicas que no respetan la originalidad de la transmisión de la vida humana.

3. La privacidad de la información genética: con la expansión de las grandes bases informáticas de datos, crece la codicia por recolectar y manipular la información genética de las personas, en el marco de una mentalidad consumista que se expande y pretende aplicarse incluso al campo de la salud. La conectividad permanente y las aplicaciones móviles vinculadas con salud están planteando nuevos desafíos para resguardar la privacidad de la información genética y evitar que sea apropiada para fines puramente comerciales de consumo. Como viene sucediendo en los últimos años, en 2015 habrá nuevos debates sobre la forma de regular los estudios genéticos y todo lo relativo a la obtención, almacenamiento, transmisión y utilización de la información genética personal.

4. La cuestión demográfica: a nivel global, el 2014 se cierra con noticias provenientes de distintos lugares del mundo donde se advierte la preocupación de diversos países por su situación demográfica, más concretamente por la caída de la natalidad y el aumento de la longevidad. Además de los debates que se vienen desarrollando en Europa, podemos mencionar a Japón y Rusia entre las potencias que han comenzado a revisar sus políticas públicas en la materia para aumentar la natalidad.

5. La justicia en el acceso a los beneficios de la investigación biomédica: la crisis del ébola en 2014 y los debates bioéticos sobre el desarrollo de medicamentos para su cura han dado lugar al resurgimiento de planteos relativos a cuál es la forma más justa de distribuir los beneficios que genera la investigación biomédica, expresando las tensiones subyacentes entre los países desarrollados y las periferias donde muchas veces se realizan las investigaciones con seres humanos. Justamente, la posibilidad que esas poblaciones puedan acceder a bajos costos a los medicamentos que se desarrollan sobre la base de investigaciones en sus miembros es una de las demandas de justicia que se presentan en bioética. La crisis del ébola también generó un debate importante en torno a los recaudos necesarios para que las personas se sometan a investigaciones, especialmente en las fases más experimentales.

Lejos de ser una exhaustiva enunciación de todos los desafíos, señalamos sólo algunos temas de gran importancia en el debate bioético local y global para el nuevo año. Como siempre expresamos en este blog, esperamos que junto con los nuevos desarrollos biotecnológicos crezca una proporcionado reconocimiento de la dignidad humana y las exigencias éticas inherentes a tales desarrollos.

 

Un repaso de la bioética durante 2014

Desde este blog, y con la ayuda de Leonardo Geri, hacemos memoria de algunos hechos relevantes vinculados con la bioética en el año que termina:

A lo largo del año, desde el Centro de Bioética, Persona y Familia procuramos generar contenidos en torno a estas temáticas que tanto interés generan y que evidencian la centralidad que hoy tiene el debate en torno a la vida. Esperamos poder continuar ofreciendo nuestro aporte y agradecemos a todos los lectores que nos acompañan y enriquecen nuestra reflexión con sus comentarios y sugerencias.

 

Celebrar la alegría de la vida

En estos días, los cristianos celebran la vida. Celebran el misterio de una madre que, lejos de su hogar, en una periferia, da a luz en un pesebre, acompañada por su esposo y por unos humildes pastores. Muchos pueblos se unen a esta celebración.

Entre los muchos mensajes que nos deja la Navidad, desde este blog queremos compartir la alegría de la vida que nace. La alegría de la vida que se abre camino a pesar de los obstáculos. La alegría de la vida que, luego en la madurez, revelará el sentido profundo del existir, amando hasta dar la vida. La alegría de la vida que se comparte en familia y que, en familia, se comunica a todos. La alegría del amor de Dios que se revela poderoso en la humildad de un niño envuelto en pañales.

Ante tantos signos de muerte que nos rodean, que esta fiesta sea ocasión para celebrar la alegría de la vida.

¡Muy feliz Navidad!

La difusa línea entre aborto e infanticidio

¿Es legítimo quitar la vida a un recién nacido? ¿Cuál es el límite entre aborto e infanticidio? ¿Por qué podemos quitarle la vida al feto dentro del seno materno y no podemos hacerlo al bebé inmediatamente luego de nacer? ¿Tenemos que esforzarnos en salvar a un recién nacido con discapacidad severa?

Intuitivamente, la gran mayoría de nosotros respondería asombrado a estas preguntas, rechazando enfáticamente la posibilidad de matar a un recién nacido. Sin embargo, algunos autores parecen desafiar el sentido común que señala que no es lícito quitarle la vida a una persona y proponen una sutil forma de matar a recién nacidos.

En efecto, recientemente ha trascendido la opinión de Udo Schuklenk, docente de filosofía en la Queen’s University de Ontario (Canadá), quien sostuvo en un artículo publicado en el Journal of Thoracic and Cardiovascular Surgery (Revista de Cirugía Torácica y Cardiovascular), que causarle la muerte a recién nacidos con discapacidad sería moralmente aceptable, aunque aún sea ilegal en Canadá.

Como matar a un recién nacido es algo que suena brutal, se ha elegido un eufemismo para maquillar la realidad: aborto post-natal. De esta manera, se pretende sacar el hecho del marco del homicidio y “beneficiarse” de la presunta legitimidad con la que cuenta el aborto. Otros prefieren usar la expresión “eutanasia neonatal”. En efecto, ya en 2005, Eduard Verhagen y Pieter J.J. Sauer publicaron un artículo en The New England Journal of Medicine sobre “eutanasia en recién nacidos severamente enfermos” (“The Groningen Protocol — Euthanasia in Severely Ill Newborns”).

El problema se ha tornado más actual pues hoy las posibilidades abiertas por la medicina neonatal nos permiten salvar las vidas de recién nacidos desde las 23 o 24 semanas de gestación y con poco más de 500 gramos de peso al nacer. Como decía la semana pasada el Dr. Agustín Silberberg en un Seminario en la Academia de Medicina organizado por el Consejo Académico de Ética en Medicina, en materia de decisiones de vida en neonatología, hay que insistir siempre en favor de la vida.

La pretensión de eliminar al recién nacido deja en evidencia que no hay diferencia sustantiva entre un niño antes y después del nacimiento. Por otra parte, advertimos la existencia de una discriminación radical contra la persona con discapacidad: se prefiere optar por poner fin a su existencia, antes que apostar por su vida y acompañarla con todos los poderosos recursos terapéuticos disponibles. Y este empeño contra la vida no se detiene en la etapa prenatal, sino que se extiende al recién nacido.

También queda de manifiesto que, en muchos casos, el aborto no consiste simplemente en “finalizar un embarazo” (lo que podría ocurrir permitiendo que nazca el bebé que cuenta con 24 semanas, por ejemplo), sino que lo que se busca es directamente poner fin a una vida a toda costa.

Las grandes posibilidades abiertas por las biotecnologías nos han permitido no sólo conocer más sobre la realidad de la vida antes y después de nacer, sino también nos han permitido generar muchas y más poderosas posibilidades de sobrevida. Nos toca a nosotros desarrollar criterios humanistas de aplicación de esas biotecnologías, sin exclusiones ni discriminaciones, para que haya una cultura de la vida.

La tortura: una práctica siniestra e injustificable

El 9 de diciembre de 2014 el Senado de los Estados Unidos difundió algunas partes de un informe que da cuenta de la aplicación de torturas en las investigaciones posteriores a los ataques terroristas de septiembre de 2001. El reporte, de más de 6000 páginas, y del que se han conocido unas 500, narra crueles y degradantes métodos aplicados sobre 190 detenidos.

La tortura es una de las más incalificables formas de afectar la dignidad de la persona humana. Se trata de procedimientos que violentan tanto la integridad física como psíquica de la persona humana.

Ninguna lógica puede justificar el recurso a la tortura. Algunos pretenden aplicar una ética utilitarista para afirmar que el fin justifica los medios. Pero ningún fin puede justificar que se vulnere la dignidad humana.

La inhumana violencia terrorista, que tanto daño ha hecho en el mundo y continúa haciendo con la persecución de tantos seres humanos, tiene que ser enfrentada con toda la fuerza del derecho y la justicia y nunca con unos procedimientos que engendran más violencia y ofenden la dignidad.

El mundo ha dado notables pasos en favor de una cultura que respete los derechos humanos fundamentales, entre los que ciertamente se encuentran la vida y la integridad personal. Esperamos que estos hechos de tortura nunca más vuelvan a suceder para que se afiance un verdadero camino hacia la paz.

La selección de embriones humanos, ¿una nueva discriminación?

En la aplicación de la fecundación in vitro, una problemática constitucional se plantea en relación al proceso de selección de los embriones humanos que son transferidos. En efecto, resulta habitual que para mejorar las tasas de éxito se fecunden un alto número de óvulos, sabiendo que no todos los embriones así concebidos resultarán transferidos a la mujer.

Ello plantea el problema de cómo seleccionar esos embriones. Existen diversos criterios, ya sean morfológicos (es decir, a partir de la observación de la estructura corporal de los embriones y su regularidad) o bien genéticos (a través del diagnóstico genético preimplantatorio). Entre los problemas que suscita esa fecundación in vitro, tal proceso de selección de embriones pone en juego qué entendemos por igualdad.

Por un lado, para quienes afirmamos que el embrión es persona, ese proceso de selección constituye una radical forma de discriminación, pues supone establecer quiénes continuarán con su vida y quiénes serán congelados.

Pero la selección de embriones es vista como una forma de discriminación, incluso más allá de la discusión sobre el inicio de la vida. En efecto, cuando se seleccionan los embriones a transferir por motivos genéticos o cromosómicos, como puede suceder con el caso de una persona con Síndrome Down, la decisión de no transferir esos embriones es una forma de discriminación hacia los embriones concebidos, pero también hacia las personas ya nacidas con Síndrome de Down. Esta problemática es conocida como el argumento expresivista y señala que si decidimos discriminar por las características cromosómicas, estamos enviando un mensaje a las personas nacidas que les dice: “Tu vida no vale la pena ser vivida; si hubiéramos tenido la chance no te elegíamos”.

La igualdad es un principio constitucional central en el estado de Derecho. Y la igualdad en la Constitución está protegida tanto en su dimensión de igualdad ante la ley (arts. 15 y 16), como en la igualdad real de oportunidades que obliga al Congreso a tomar medidas de acción positiva ante situaciones de discriminación. Ello está mandado por el artículo 75 inc. 23 que dispone que el Congreso debe “legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad”.

Más allá de las buenas intenciones que animan a muchas personas, una mirada más detenida sobre las características de la fecundación in vitro permite advertir los complejos problemas que involucra y las profundas consecuencias que encierra, que comprometen no sólo a las personas concretas que padecen infertilidad, sino a la sociedad toda, la transmisión de la vida y la forma en que cuidamos la discapacidad en todas sus formas. Una sociedad más humana es posible y el legislador debe considerar estas implicaciones al momento de regular los procedimientos biotecnológicos en los que está en juego la vida humana.

Día de las personas con discapacidad

Desde el año 2000, nuestro país celebra cada 3 de diciembre el día de las Personas con Discapacidad. Según la ley 25346, el objetivo de este día es difundir las normas que amparan a las personas con discapacidad, fortalecer las acciones en favor de la igualdad de oportunidades y fomentar conductas responsables y solidarias para recrear una sociedad que incluya y posibilite el logro de los derechos universales para todas las personas con discapacidad.

Desde el Centro de Bioética, Persona y Familia, a través del proyecto “Mapa Legislativo”, hemos realizado una compilación de normas jurídicas en Argentina sobre discapacidad. En este breve comentario, y uniéndonos a la conmemoración de este día tan importante para una sociedad inclusiva, queremos recordar dos grandes valores para impulsar esa inclusión de las personas con discapacidad.

1) Por un lado, la familia es actor fundamental en la inclusión de las personas con discapacidad. Al respecto, dice la Convención de la ONU sobre los derechos de las Personas con Discapacidad (ratificada por Argentina a través de la ley 26378) en su Preámbulo: “la familia es la unidad colectiva natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a recibir protección de ésta y del Estado“, y “las personas con discapacidad y sus familiares deben recibir la protección y la asistencia necesarias para que las familias puedan contribuir a que las personas con discapacidad gocen de sus derechos plenamente y en igualdad de condiciones“. En este sentido, es muy importante lo que dispone el artículo 23 inciso 3 de la Convención respecto a los niños: “Los Estados Partes asegurarán que los niños y las niñas con discapacidad tengan los mismos derechos con respecto a la vida en familia. Para hacer efectivos estos derechos, y a fin de prevenir la ocultación, el abandono, la negligencia y la segregación de los niños y las niñas con discapacidad, los Estados Partes velarán por que se proporcione con anticipación información, servicios y apoyo generales a los menores con discapacidad y a sus familias“.

2) La vida: la protección de los derechos de las personas con discapacidad comienza por cuidar su derecho a la vida. Según la misma Convención: “Los Estados Partes reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás” (art. 10). El derecho a la vida de las personas con discapacidad tiene que ser defendido ante las situaciones de diagnóstico prenatal adverso en las que se pretende abortar a la persona con discapacidad. Pero sobre todo necesita ser promovido en tantas situaciones existenciales en las que hay que acompañar y sostener a la persona con discapacidad para que despliegue todas las potencialidades de vida que hay en ella.

 

¿Cuántos embriones humanos involucra la fecundación in vitro?

Una de las características más preocupantes de la expansión de la fecundación in vitro (FIV) es la cantidad de embriones humanos que se conciben para lograr un nacimiento con vida. Para dimensionar el fenómeno se puede mencionar el informe enviado el 19 de julio de 2013 por el Ministro de Salud de Italia al Parlamento de ese país sobre el estado de implementación de la ley 40/2004 referida a la procreación médicamente asistida. El informe contiene la actividad al año 2011 de los centros de reproducción y permite constatar el notable aumento de embriones concebidos, de los embriones congelados, sin que ello signifique un aumento de los nacidos vivos.

El siguiente cuadro resume los datos:

 

 

2008

2009

2010

2011

Embriones concebidos

84.861

99.258

113.019

118.049

Embriones congelados

763

7.337

16.280

18.798

Nacidos vivos

10.212

10.819

12.506

11.933

 

Inicialmente, la ley italiana 40/2004 de regulación de las técnicas de fecundación artificial establecía que no se debía crear un número de embriones superiores a los estrictamente necesarios para una única y contemporánea transferencia e implantación, y tal número nunca podía ser superior a tres (art. 14.2). Sin embargo, en la sentencia 151/2009 de la Corte Constitucional se dispuso que tal límite de tres embriones no era constitucional y se dejó sólo la exigencia de sólo crear los embriones “estrictamente necesarios”. Se explica así el salto en el número de embriones congelados entre 2008 y los años siguientes a 2009.

Las estadísticas continúan confirmando la enorme tasa de pérdidas embrionarias que conllevan las técnicas de fecundación artificial y los muchos embriones humanos que son manipulados extracorpóreamente sin el debido respeto que merece toda vida humana, en razón de su intrínseca dignidad.

Por otra parte, el aumento del número de embriones “in vitro” es funcional a la expansión de la investigación biotecnológica que codicia embriones para utilizar sus células. Así, se conciben más embriones que en el fondo se sabe que no tendrán un destino de vida sino de descarte y experimentación.

Es preciso detener esta “cultura del descarte” que quiere convertir a la vida humana en un recurso disponible a merced de intereses biotecnológicos y adoptar medidas humanistas que reconozcan la dignidad de cada vida humana desde su primer momento vital.

 

Aborto y mortalidad materna: la experiencia chilena

Es usual afirmar que la legalización del aborto es una solución al problema de la mortalidad materna. Sin embargo, la experiencia chilena refuta ese argumento, pues en ese país, luego de que se prohibiera por ley el aborto provocado en 1989 se produjo una consistente disminución de la mortalidad materna por esa causa. De hecho, hoy Chile es uno de los países con más baja tasa de mortalidad materna del mundo y el aborto permanece como una conducta ilícita.

Estas conclusiones surgen del trabajo científico del Dr. Elard Koch, Director del Instituto MELISA, y su equipo, quien recientemente ha publicado el editorial de la Revista Chilena de Obstetricia y Ginecología de noviembre de 2014, demostrando que la prohibición legal del aborto en 1989 no sólo provocó la disminución de la mortalidad por aborto provocado en Chile, sino que además, las hospitalizaciones por esta causa habrían disminuido significativamente en la última década.

Por otra parte, Koch informa sobre los resultados inéditos de un estudio en curso acerca de los perfiles de vulnerabilidad de 3.134 mujeres chilenas con embarazo no planificado en riesgo de un aborto. Según el estudio, en casi el 70% de los casos, la coerción y el miedo se presentan como las razones que impulsan a realizar un aborto en mujeres con un alto riesgo de aborto provocado. Según los resultados del estudio, programas de apoyo dirigidos a mujeres vulnerables, logran prevenir o evitar la mayoría de las veces un aborto en la clandestinidad, logrando un desenlace de nacido vivo (con y sin adopción) que alcanza 69% a 94% dependiendo del grupo de riesgo.

De esta manera, se comprueba que el trabajo por la salud materna e infantil, incluyendo la educación y el apoyo integral, desde la concepción, es el camino para evitar muertes y salvar a la madre y su hijo.