Selección de embriones por diagnóstico preimplantatorio

El proyecto de ley de regulación de las “técnicas de reproducción médicamente asistida” que está en trámite ante la Cámara de Diputados propone la legalización del diagnóstico genético preimplantatorio (DGP).

El DGP es uno de los procedimientos asociados a las técnicas de fecundación artificial y ha permitido un refinamiento en la posibilidad de seleccionar embriones para su transferencia. El DGP se realiza sobre el embrión recién concebido in vitro y generalmente apunta a “descartar” los embriones que no reúnan características deseadas. De alguna forma, con el DGP, se abre la perspectiva de fijar las características genéticas de la descendencia.

Tal posibilidad de selección no sólo es una forma de discriminación, sino que también es un paso hacia la eugenesia. Entre las voces críticas hacia el DGP se encuentra Jürgen Habermas, quien afirma: “la mirada a un posible futuro de la naturaleza humana nos transmite una necesidad de regulación que ya se hace sentir hoy. Los límites normativos a cómo tratar con embriones surgen de la mirada de una comunidad moral de personas que rechaza a los pioneros de la autoinstrumentalización de la especie para (digámoslo: en la dilatada preocupación por sí mismas en términos éticos de la especie) mantener intacta su forma de vida comunicativamente estructurada” (El futuro de la naturaleza humana. ¿Hacia una eugenesia liberal?, Buenos Aires, Paidós, 2004). Para este autor, “una programación eugenésica de propiedades y disposiciones deseables provoca reparos morales si fija a la persona afectada a un determinado plan vital, si coarta específicamente su libertad para elegir una vida propia” . “Con la decisión irreversible que una persona toma sobre la composición deseada del genoma de otra persona, surge un tipo de relación entre ambas que cuestiona la suposición hasta ahora obvia de autocomprensión moral en personas que actúan y juzgan autónomamente” .

Esperamos que el Congreso no apruebe leyes que desprotegen al embrión humano, y en cambio se adopten urgentes medidas para evitar nuevas y sutiles formas de discriminación que ofenden la dignidad humana.

 

¿El derecho a la vida admite excepciones?

El 4 de noviembre de 2014 la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados debatió el proyecto de ley de aborto libre y legal. Fueron casi 4 horas de exposiciones que reflejaron buena parte de los argumentos que se utilizan a favor y en contra del aborto. En este breve comentario no vamos a analizar todo el debate, sino que queremos detenernos en un aspecto vinculado con el derecho a la vida y que suscita nuevas problemáticas que no pueden ser ignoradas.

Algunas intervenciones en favor del proyecto de aborto señalaron que la protección del derecho a la vida se reconoce “desde la concepción” aunque en forma “gradual e incremental”. Para esta postura, no se niega que el niño por nacer sea persona, pero se sostiene que su derecho a la vida no es “absoluto” y admitiría excepciones fijadas por ley. Esta línea argumental también se utilizó para responder a las afirmaciones que señalan que el código civil recientemente sancionado reconoce que la existencia de la persona se produce en la concepción. Para la misma postura favorable al aborto, la “personalidad” del código civil no tendría incidencia en materia penal y en lo penal se podrían dar “excepciones” a la protección de la vida.

Ante estas argumentaciones nos preguntamos: ¿Quién decide cuándo una vida puede ser vivida y cuándo no? ¿Habría algún caso en que sea legítimo quitar la vida a un ser humano? ¿Cuáles serían las razones que impedirían quitar la vida antes de nacer y no después de nacido? ¿Qué impediría que los más fuertes decidan sobre la vida de los más débiles si el derecho a la vida no es absoluto?

La doctrina de los derechos humanos se hizo fuerte a partir del respecto irrestricto y sin excepciones del derecho a la vida. Los proyectos de aborto ponen en jaque esas posturas y debilitan la inviolabilidad jurídica de cada vida humana. Ello mina las bases de la convivencia social y convierte a la vida humana, y por tanto a la persona humana, en un bien disponible. Por todo ello, entendemos que en lugar de legalizar el aborto, hay que trabajar por políticas públicas que coloquen en el centro la protección de cada vida humana, ya sea de la madre como de su hijo.

 

El caso “Brittany” y la eutanasia

El caso de Brittany es dramático y conmueve porque deja en evidencia las tensiones extremas que vive quien enfrenta un diagnóstico de enfermedad terminal. Dos aspectos quisiera resaltar:
1) Por un lado, se menciona a menudo la autonomía y la libertad de elección como fundamento de la decisión de aplicar la eutanasia. Las dudas de Brittany, la postergación y su eventual arrepentimiento, dejan en claro que tal supuesta autonomía no es tal. A menudo es una autonomía ficticia, construida “recortando” a la persona de su entorno vital, de las múltiples situaciones que la rodean. ¿Quién está en condiciones de decidir terminar con su vida? En el fondo, subyace una verdad antropológica: la vida es siempre un don y como tal no es un bien disponible por nadie. Y en las más dramáticas circunstancias de enfermedad, la dignidad del moribundo requiere extremar los cuidados y el acompañamiento auténticamente compasivo y médico, que nunca puede consistir en quitar la vida al enfermo.
2) Por el otro lado, en Estados Unidos el caso ha sido utilizado para promover una campaña en favor de la legalización de la eutanasia y parece que la misma Brittany en su dramática situación es instrumentalizada en función de objetivos extraños a su cuadro médico. Ella queda expuesta a las opiniones de todo el mundo, sin respetarse el clima de intimidad y acompañamiento que requiere el momento.
En tal sentido, comparto la opinión de Ashton Ellis publicada hoy en Public Discourse quien sostiene que la página web oficial de la campaña iniciada por Brittany refiere a un grupo llamado “Compassion & Choices” y que dicho grupo no tiene por finalidad mejorar los cuidados, sino “ayudar a la gente a evitar los cuidados médicos que necesitan quitándose la vida”.
Nos unimos a todos los que han pedido a Brittany que revea su decisión, ya sea a través de las redes sociales, como en la oración, para que nuestra sociedad sea una sociedad capaz de incluir a todos, incluso en las circunstancias más dolorosas de la vida.

Una nueva eugenesia

En 1883, Francis Galton –primo de Darwin- acuñaba el término “eugenesia” para referirse a “la ciencia que estudia los agentes sociales que influyen, mental o físicamente, en las cualidades raciales de las futuras generaciones”. Desde entonces, la tentación de lograr la “raza perfecta” ha estado siempre al acecho. Durante la primera mitad del Siglo XX, la eugenesia se plasmó en leyes y decisiones administrativas impulsadas por el Estado y generalmente referidas a personas con discapacidad, ya sea prohibiendo casamientos, obligando a la esterilización o al aborto. Luego de los horrores de la II Guerra Mundial, la eugenesia sufrió un fuerte descrédito y se revertieron la mayoría de las leyes antes sancionadas. Sin embargo, en la última parte del Siglo XX y los inicios del Siglo XXI los notables adelantos de la genética, asociados a aplicaciones biotecnológicas de diagnóstico y reproductivas, han dado origen a una “nueva eugenesia”, que se vincula con la posibilidad de seleccionar las características genéticas de la descendencia.

Los medios técnicos que posibilitan esta selección son, por un lado, el diagnóstico prenatal para detectar discapacidades en el niño por nacer; por el otro, las técnicas de fecundación artificial a través de la selección de los gametos que se utilizarán para concebir al niño o bien por el diagnóstico preimplantatorio de los embriones recién concebidos.

Mientras que la antigua eugenesia surgía como pretensión totalitaria de la planificación estatal, la nueva eugenesia, también conocida como eugenesia liberal, surge de la decisión de miles de personas que se inclinan por abortar al niño con discapacidad, o por buscar un niño con ciertas características por medio de la fecundación in vitro. Desde ya que eso es posible porque la legislación adopta una postura permisiva, especialmente en dos cuestiones críticas: aborto libre y fecundación artificial sin límites. Y ello sin contar los poderosos intereses biotecnológicos y económicos que se benefician con esta situación.

Muchas son las objeciones bioéticas y jurídicas que merece la eugenesia, antigua o nueva. En todo caso, es estremecedor pensar las consecuencias que tiene una sociedad que se arroga el poder de decidir qué vida merece la pena ser vivida y cuál no.

¿Embriones para investigación?

Varias comisiones de la Cámara de Diputados debaten en estos días un proyecto de ley sobre fecundación artificial. La novedad es que se permitiría generar embriones humanos con fines de investigación. En efecto, la redacción del articulado permite destinar a investigación los embriones al término de su conservación en un plazo de 10 años (art. 12), pero ese plazo puede ser “abreviado” por las personas o parejas a su voluntad (art. 13). De este modo, podría darse el caso de una persona que conciba embriones, los congele, luego “abrevie” el plazo y los destine a investigación. Incluso respecto a los embriones “viables” el proyecto sostiene que podrán ser utilizados en investigación si se respetan “parámetros” fijados por la autoridad de Aplicación (art. 14). El proyecto también permitiría “descartar” embriones humanos, ya sea por ser “inviables” o bien por vencerse el plazo para su congelación.

Poderesos intereses biotecnológicos buscan una expansión y para no despertar sospechas se enmascaran bajo la apariencia de “progreso” o de solución de la infertilidad. Es paradójico que se llame progreso a técnicas que generan vidas humanas para ser destruidas y utilizadas como material biológico para experimentación. También es paradójico que se presente como solución a la infertilidad a unas técnicas que no atacan las causas reales de la misma sino que generan embriones para luego descartarlos y basan su supuesto éxito en generar muchos embriones para elegir los más aptos y eliminar los restantes.

El nuevo Código Civil y Comercial había indicado la necesidad de que se dicte una ley de “protección del embrión no implantado”, pero parece que la Cámara de Diputados avanza en una línea de “desprotección” que se inscribe en la “cultura del descarte”.

Mientras que es necesaria la inversión en buscar soluciones a la infertilidad, es igualmente necesario suspender el uso de las técnicas de fecundación artificial, especialmente extracorpóreas, que se expanden explotando las buenas intenciones de mucha gente y convirtiendo a la vida humana en un producto sometido a “controles de calidad” y a una manipulación incompatible con la dignidad humana.

Aborto libre y discapacidad

Entre las consecuencias ocultas del “aborto libre” se encuentra una radical y nueva forma de discriminación: la sistemática eliminación prenatal de personas con discapacidad.

En efecto, la disponibilidad de estudios genéticos prenatales cada vez más tempranos, precisos y amplios junto con el aborto libre, permite que algunos decidan poner fin a la vida del niño en razón de alguna discapacidad. Muchas veces es un hijo buscado y el estudio se convierte en un “control de calidad” que termina descartando al que no resultó “apto”, “sano” o “normal”.

Pero dado que esos estudios se expanden y están cada día más a mano, tal posibilidad se termina convirtiendo “casi” en una obligación por la notable presión que reciben los médicos y los padres. La presión sobre el médico, incluso, es un menosprecio por la objeción de conciencia.

Según estadísticas internacionales, en los países donde el aborto es libre o bien donde se permite el aborto por “malformaciones”, los niños con discapacidades detectables prenatalmente son abortados en casi el 90% de los casos detectados.

La cultura del descarte no es “inevitable”. Este horizonte de exclusión no puede ser ignorado al momento de considerar las consecuencias del aborto libre propugnado por algunos sectores de nuestra sociedad y que significaría un grave retroceso en la conformación de una sociedad inclusiva para todo ser humano.

 

Código Civil y cultura del descarte

La sanción del nuevo Código Civil y Comercial estuvo acompañada de un sorprendente empeño de algunos por afirmar que, a pesar que el artículo 19 del nuevo texto dice que la existencia de la persona comienza desde la concepción, es posible destruir embriones in vitro o eliminar a niños durante el embarazo.
En efecto, durante la misma sesión del 1ro. de octubre, diversos diputados se pronunciaron “en desacuerdo” con el art. 19 o bien aclarando que la redacción de ese artículo no obstaba a que estuvieran a favor del aborto. La campaña contra la vida continuó luego en declaraciones periodísticas, en las que con malabarismos técnico-legales e interpretaciones amañadas del texto, se pretende hacerle decir lo contrario de lo que dice.
¿Por qué tanto empeño contra la vida? ¿Por qué tanto esfuerzo en crear vidas para luego descartar las que sean “inviables” o “menos aptas” o “discapacitadas”? ¿No podemos buscar maneras de luchar contra la infertilidad sin tener que descartar embriones? ¿No podemos buscar maneras de prevenir el aborto sin tener que sacrificar una vida? ¿No hay respuestas internacionales a la mortalidad materna (como Chile) que optan por salvar siempre las dos vidas? Si alguien puede decir quién es persona y quién no, ¿qué evitará que ello luego se traslade a otras etapas de la vida vulnerable?
Es una vieja tentación en el derecho: el Estado pretende ser quien “concede” la personalidad, en lugar de estar obligado a reconocerla como una exigencia de la dignidad inherente a todo ser humano. Afortunadamente, por ahora, el artículo 19 se ubicó en ésta última postura.

Código Civil: La concepción en el centro del debate

Finalmente, luego de un largo proceso iniciado en 2011 que tuvo grandes intervalos en “silencio” en su tratamiento parlamentario, se sancionó el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.
Para la bioética personalista, el nuevo Código Civil es merecedor de críticas de fondo, pues legitima casi sin límites las técnicas de fecundación artificial, debilita los vínculos sociales y tiene una matriz marcadamente individualista que exalta la autonomía.
En el centro del debate estuvo el ya “famoso” artículo 19 que, en la versión finalmente aprobada, dispone: “ARTÍCULO 19.- Comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción”.
¿Qué podemos decir de este artículo? Por un lado, una constante e ininterrumpida tradición jurídica en nuestro país reconoce que la vida humana comienza desde la concepción. Y ello no sólo por motivos vinculados con el debate de aborto, sino también por las raíces que tenemos en el derecho romano. En Roma se había acuñado el principio: “el concebido se equipara al nacido para todo lo que lo beneficie”. Y ese niño concebido ya podía heredar y podía recibir bienes que administraba un curador. En 1870, Vélez Sarsfield tomó el principio romanista y lo plasmó de una forma nueva: el concebido es persona para nuestro Código. Ya en el siglo XX, la ciencia vino a confirmar que desde el primer momento de la fecundación existe un individuo único, distinto del padre y la madre.
Sin embargo, la irrupción de las técnicas de fecundación artificial y las presiones para legalizar el aborto parecen querer imponer un retroceso en esa postura humanista. Según estas posturas, tendríamos que “acomodar” la definición de persona para que no obstaculice a esas técnicas o para que permita el aborto. Ello significaría dar vueltas las cosas. El concepto de persona no es un concepto “técnico” que el legislador pueda acomodar a su voluntad. Especialmente desde la aprobación de los tratados de Derechos Humanos, es claro que todo ser humano es persona. De otro modo, los poderosos serían quienes definen quiénes entran o salen de la protección debida a la persona. Los derechos humanos nacieron para ser aplicados a todos y no quedar acomodados por intereses de turno. Eso significa reconocer al ser humano como persona desde su concepción, entendida como el momento de la fecundación.
Ciertamente, los desafíos para la persona por nacer son grandes, incluso por disposiciones que contiene el mismo código civil. Por un lado, desde las técnicas de fecundación artificial, avanza un poder biotecnológico que quiere convertir a la vida humana en mero recurso disponible para guiar la reproducción bajo una lógica productiva y utilitarista. Los embriones “no viables” o “discapacitados” buscan ser identificados prematuramente para ser descartados. En tal sentido avanzarían algunos proyectos sobre fecundación artificial que se discuten en el Congreso. Por el otro, en cuanto al tema del aborto, se pretende relativizar el valor de esa vida naciente y se olvida que nuestra cultura puede avanzar en una cultura de la vida que se esfuerce siempre por salvar las dos vidas, la de la madre y su hijo.

¿Por qué #lavidaendebate?

En la última mitad del Siglo XX y el inicio del Siglo XXI asistimos a un sorprendente desarrollo de las biotecnologías, capaces de descubrir los secretos más recónditos de la vida humana. Ciertamente, la secuencia completa del genoma humano en el año 2000 marcó un hito decisivo en tal sentido. Pero una multiplicidad de aplicaciones biotecnológicas nos maravillan y nos abren esperanzas para un futuro promisorio de desarrollos terapéuticos.

Sin embargo, no siempre ese poder de dominio sobre la vida humana se ha utilizado en favor del ser humano. La bomba atómica es, quizá, el más elocuente ejemplo de tal paradoja. En sus formas más radicales, poderosos intereses biotecnológicos quieren reducir la vida humana a mero recurso disponible.

Por eso, ante la expansión de ese poder biotecnológico surge la necesidad de una creciente reflexión sobre sus fines y su sentido. La bioética es, en tal sentido, una nueva disciplina que ya se ha ganado un lugar en el campo del debate sobre el lugar de las biotecnologías.

Este blog quiere contribuir a esta reflexión. En el fascinante mundo de la comunicación online queremos ser una voz que recuerde que la capacidad de descubrir los secretos de la vida biológica que posibilita la biotecnología tiene que ir acompañada por una proporcionada capacidad de reconocer y custodiar la dignidad del ser humano. Es mucho lo que está en juego y confiamos en que como sociedad estaremos a la altura de estos grandes desafíos para forjar un desarrollo al servicio de la persona humana.